domingo, 3 de mayo de 2015

Marco Legal

MARCO LEGAL
Con la entrada de la Resolución 1016 de 1989, se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los programas de salud ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el  País involucrando los sectores públicos, oficiales, privados, contratistas y subcontratistas.
1.    Que por Decreto 614 de 1984, en sus artículos 28, 29 y 30 se establece la obligación de adelantar programas de salud ocupacional por parte de patronos y empleadores.
2.    Que es obligación de los patronos la o empleadores velar por la salud y seguridad de los trabajadores a su cargo.
3.    Que el Decreto 1562 de 2012 modifica el sistema de riesgos laborales y se entenderá Salud Ocupacional como Seguridad y salud en el trabajo y en lo sucesivo el programa de Salud Ocupacional se entenderá como Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
4.    Que el Decreto 1443 de 2014 establece los lineamientos para la implementación de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

•          EL SISTEMA DE GESTIÒN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SG-SST de conformidad con la presente Resolución estará constituido por los siguientes subprogramas:
•          Subprograma de Medicina Preventiva y del Trabajo
•          Subprograma de Higiene Industrial
•          Subprograma de Seguridad Industrial

•          Comité Paritario de Seguridad y Salud en el trabajo COPASST

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